DENUNCIA DE SINIESTRO – Seguro Auto
En virtud a la modificación legal a la Ley de Tránsito N°18.290 , y contrariamente a lo señalado en las “Obligaciones del Asegurado”, y de la “Denuncia de Siniestros” en el condicionado general de póliza de Vehículos Motorizados, se ha resuelto y determinado que sólo bastará realizar la denuncia de siniestro a la Compañía, debiendo adjuntarse una “Declaración Jurada Simple”, la cual no requiere ser firmada ante Notario, formato que tendrá que ser solicitado a nosotros luego de haber ingresado su Denuncia de Siniestro en nuestra página.
Es importante destacar que esta modificación no aplica para los casos de:
- Robo Total y/o parcial, hurto o uso no autorizado
- Accidentes de tránsito en el cual resulten lesionados o fallecidos.
Para los casos señalados, se mantiene la obligación de realizar la denuncia inmediata a Carabineros, en donde se emitirá un parte policial con los hechos, citándose a los involucrados al Juzgado o Fiscalía correspondiente. Lo anterior, debe ser informado a la Compañía al momento de declarar el siniestro.
Comunicarse con su Corredor o la Compañía de Seguros, en un plazo máximo de 10 días. Si en el accidente interviene un tercero, anotar la mayor cantidad de datos de este. No reparar ni alterar el vehículo sino hasta que la compañía lo autorice.